Simulador Prestamo Consumo
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El tipo de interés de los créditos al consumo escala hasta el 1. Noticias de Economía. H. Malos tiempos para pedir un crédito.
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Pero no sólo por las dificultades que ponen las entidades financieras a la hora de concederlos. También, por la cuantía del precio del dinero que exigen. Hasta el extremo de que las últimas estadísticas del Banco de España muestran que el tipo de interés de las nuevas operaciones se sitúa ya muy cerca del 1. En concreto, escaló el pasado mes de abril hasta el 9,6%, el máximo nivel en quince meses. Lo relevante no es sólo el hecho de que la financiación de productos de consumo esté por las nubes, sino su evolución, toda vez que mientras el Euribor - principal referencia del mercado hipotecario- no ha dejado de descender en los últimos meses (0,5. De hecho, y en términos TAE (incluyendo comisiones), los hogares pagan hoy prácticamente lo mismo que en 2.
Es decir, antes de que el BCE intensificara una política monetaria extraordinariamente laxa y expansiva, bajando, por un lado, los tipos de interés de intervención y, por otro, aumentando la liquidez del sistema. Aun así, el crédito al consumo para nuevas operaciones para plazos situados entre 1 y 5 años (sin comisiones) se sitúa en un increíble 1. El BBVA esgrime que el aumento de los precios del crédito al consumo aplicados en España tiene su origen, entre otros motivos, en el “incremento del coste de financiación de las entidades financieras de las economías periféricas provocado por la inadecuada transmisión de la política monetaria”. El resultado es que el tipo de interés medio de los préstamos al consumo a más de cinco años en España alcanzó un nivel muy superior que en Alemania. Un 9,6% frente al 7,9%.
Y también muy por encima del 7,7% en la zona del euro. No se trata, desde luego, de un problema de liquidez. El servicio de estudios de Bankia recuerda en su último informe que “continúa la mejora en la posición de liquidez de la banca española”. Y lo achaca a dos factores: a la recuperación en la captación de depósitos y la ventana de emisión que se ha abierto en los últimos meses y que ha permitido a las entidades financiarse en los mercados mayoristas. PIB y crédito al consumo La consecuencia de la restricción del crédito al consumo es evidente: menor actividad económica. Ahora bien, como sostiene el servicio de estudios del BBVA en su último informe sobre el consumo, “mantiene la tendencia decreciente iniciada en el año 2. Debido a ello, la ratio de crédito al consumo sobre el producto interior bruto (PIB) se ha reducido hasta el 5,9% en abril, por debajo de la media de la Eurozona (6,5%).
Hay que tener en cuenta, sin embargo, que en los años del boom económico, los créditos al consumo llegaron a representar nada menos que más del 1. PIB, muy por encima de la media europea. El crédito al consumo, como sostienen los economistas del BBVA, juega un papel relevante como determinante del consumo de bienes duraderos (frigoríficos, televisores o automóviles).
Y como no puede ser de otra manera, la persistencia de un desempleo elevado, la contracción de la renta disponible de las familias por la moderación salarial, el redimensionamiento del sector inmobiliario, la subida de impuestos y la continuidad del proceso de desendeudamiento de los hogares han condicionado la evolución reciente de la financiación al consumo. Y, de hecho, el saldo vivo de crédito al consumo se sitúa en niveles de comienzos del 2. Ahora bien, como sostiene el BBVA, “si bien se prevé que la financiación al consumo siga cayendo en los próximos meses por la debilidad del componente de demanda”, la progresiva suavización de las tensiones financieras y el saneamiento de los balances bancarios podrían permitir condiciones de acceso al crédito “algo más expansivas”.
Los datos de la Encuesta BBVA de Tendencias de Negocio (ETN) correspondiente al primer semestre del 2. Los participantes en la ETN anticipan “una ralentización generalizada del deterioro de la actividad del comercio al por menor en el segundo semestre de este año”, favorecida por el dinamismo esperado de la oferta y la menor reducción de la demanda de crédito”. Hay que tener en cuenta, en todo caso, que el crédito al consumo tiene mucho mayor riesgo para un banco que, por ejemplo, una hipoteca. La morosidad de este sector del crédito rozó el año pasado el 1. Es decir, dos veces y media más que en el segmento hipotecario.
Y con una progresióncasi en vertical.
INTERESES ABUSIVOS EN PRÉSTAMOS AL CONSUMOEn no pocas ocasiones accedemos a la compra de determinados bienes de consumo o servicios a través de los métodos de financiación que ofrece el mercado. Como ejemplos claros tenemos la financiación de un vehículo nuevo, de un viaje o del mobiliario para la vivienda. Pero, muchas veces, estos contratos traen parejos unos intereses abusivos en préstamos al consumo. Nuestro despacho de abogados fue pionero en conseguir una sentencia favorable para un cliente que sentía que había sido víctima de un abuso por un crédito. En este caso obtuvimos una sentencia en la que la se declaró nulo un crédito revolving y también el contrato.
Del mismo modo, el tribunal estimó de abusivos los gastos de penalización por impago y seguro. Qué son préstamos al consumo. Entre los préstamos personales, hay una categoría que tiene una regulación especial: los llamados créditos al consumo, regulados por la Ley 1.
Se considera crédito al consumo cuando un prestamista concede o se compromete a conceder a un consumidor un crédito bajo la forma de pago aplazado, préstamo, apertura de crédito o cualquier medio equivalente de financiación. En este tipo de contratos normalmente participan 3 partes: El consumidor que es la persona física que, en las relaciones contractuales reguladas por la Ley, actúa con fines que están al margen de su actividad comercial o profesional. El prestamista es la persona física o jurídica que concede o se compromete a conceder un crédito en el ejercicio de su actividad comercial o profesional. El intermediario de crédito es la persona física o jurídica que no actúa como prestamista y que en el transcurso de su actividad comercial o profesional, contra una remuneración que puede ser de índole pecuniaria o revestir cualquier otra forma de beneficio económico acordado, celebra el contrato de crédito en nombre del prestamista.
La cantidad para solicitar un crédito al consumo debe ser superior a 2. Protección al consumidor. Conforme a la ley citada, este tipo de contratos establecen una especial protección al consumidor.
Por ejemplo, los prestamistas y, en su caso, los intermediarios de crédito facilitarán al consumidor explicaciones adecuadas de forma individualizada para que éste pueda evaluar si el contrato de crédito propuesto se ajusta a sus intereses, a sus necesidades y a su situación financiera, si fuera preciso explicando los efectos específicos que pueden tener sobre el consumidor, incluidas las consecuencias en caso de impago por parte del mismo. Sin embargo, y a pesar de todo lo expuesto y de la amplia regulación que los ampara, en ocasiones estos también pueden verse afectados por intereses abusivos en préstamos al consumo.
Siempre es necesario leer y releer la letra pequeña antes de firmar cualquier contrato de deuda. Pero, hay circunstancias en las que la desesperación juega malas pasadas y accedemos a firmar contratos que nos ajustan el cinturón hasta asfixiarnos.
Los préstamos tienen un interés remuneratorio, que es el que se acuerda para la devolución del dinero prestado, y un interés moratorio, que es el previsto para el caso de impago de las cuotas de devolución del préstamo. En los créditos al consumo, al no haber garantía hipotecaria, los intereses remuneratorios suelen ser superiores. Por ejemplo, un préstamo para comprar un vehículo podría tener un interés de un 7% frente a un préstamo hipotecario que puede conseguirse con un interés de 2- 3%. Sin embargo, en muchas ocasiones si ya de por sí el interés que se fija es casi casi abusivo (más del 1. El Tribunal Supremo en 2. La consecuencia es que todas aquellas personas que, ante el impago de alguna cuota, les hayan cobrado el interés moratorio y éste sea superior en dos puntos al remuneratorio, podrían reclamar a la entidad financiera la devolución de todos los intereses moratorios cobrados. Pero, por supuesto, es necesario analizar caso por caso, contrato por contrato para estimar y valorar de forma profesional las actuaciones a llevar a cabo.
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